En Eres Energía somos plenamente conscientes de que es totalmente normal que te puedan surgir multitud de dudas cuando tienes que enfrentarte a ciertos trámites relacionados con tu contrato eléctrico, por lo que consideramos prioritario que dispongas de toda la información necesaria para mostrarte, con la mayor claridad posible, los pasos a seguir y contribuir así a tu tranquilidad y satisfacción.
En este sentido, si tienes que llevar a cabo la tramitación de un cambio de titularidad de tu contrato de suministro eléctrico, por la compra o alquiler de un nuevo inmueble o cualquier otra causa, te recomendamos que dediques unos minutos a consultar la información que te ofrecemos a continuación.
¿Por qué es conveniente realizar el cambio de titularidad?
Aunque, en líneas generales, solemos prestar poca importancia a este trámite administrativo, se trata de una medida que puede suponer bastantes implicaciones tanto para ti como para el anterior titular del contrato de suministro eléctrico.
Es preciso tener en cuenta que cualquier impago o deuda por morosidad que se genere en relación a la factura eléctrica del inmueble será reclamada directamente a la persona que ejerza como titular del contrato, independientemente de que este dato esté actualizado o no.
Por otro lado, si pasas a ser el nuevo inquilino de una vivienda, y no constas legalmente como titular del contrato eléctrico, estarás limitando involuntariamente tu capacidad de actuación en este sentido, tanto si quieres realizar un cambio de tarifa como si decides cambiar de compañía comercializadora en cualquier momento, ya que todo ello tendrá que ser realizado personalmente por el titular del mismo a efectos legales.
¿Cómo formalizar el cambio de titularidad de tu contrato eléctrico?
Realizar un cambio de titularidad en el contrato de suministro eléctrico de un inmueble es un trámite sumamente sencillo, ya que bastará con solicitar esta modificación a tu compañía comercializadora eléctrica actual, es decir, la que gestiona tu factura, que a su vez se lo comunicará a la compañía distribuidora, responsable del abastecimiento energético en tu zona geográfica.
En este punto, si bien esta modificación suele hacerse efectiva en un plazo estimado de dos semanas, puede llegar a dilatarse hasta un máximo de dos meses, ya que estará condicionada a que el personal técnico de la compañía distribuidora se desplace hasta tu vivienda para realizar la lectura del contador y establecer a partir de qué punto el consumo pasa a ser responsabilidad del nuevo titular.
Asimismo, hay que tener en cuenta que la activación de este cambio la llevará a cabo siempre la distribuidora a petición de la comercializadora.
A partir de esta aclaración, algunas comercializadoras realizan esta modificación leyendo el contador y facturando al anterior cliente hasta el momento del cambio, mientras que otras lo realizan sin hacer ninguna lectura del contador y la nueva factura llegará completa al nuevo titular, por lo que se recomienda llegar a un acuerdo entre ambos.
¿Qué necesitas para realizar este trámite?
Si eres cliente de Eres Energía y estás interesado en realizar un cambio de titularidad de tu contrato eléctrico, solamente tendrás que ponerte en contacto con nosotros, a través de cualquiera de los medios que tenemos a tu disposición, para que te hagamos llegar un formulario de cambio de titularidad en el que será preciso que nos facilites la siguiente información:
- Datos personales del titular actual del contrato eléctrico, para identificar cuál es el contrato que se desea modificar.
- Datos personales de la persona que desea figurar como nuevo titular del contrato eléctrico.
- DNI y firma del formulario de cambio de titularidad por parte de ambas partes.
- Documento legal en el que ambas partes hagan constar su conformidad con el cambio de titularidad o, si lo consideras preferible, el contrato de alquiler o certificado de compra del inmueble asociado al punto de suministro.
- Dirección física asociada al suministro eléctrico.
- Código Universal de Punto de Suministro (CUPS) de la instalación.
- Por último, también será preciso aportar los datos bancarios del nuevo titular del contrato eléctrico si deseas domiciliar el pago de tu factura eléctrica.